Recientemente el Gobierno español ha aprobado mediante el Consejo de Ministros el proyecto de reforma de la Nueva Ley Concursal, esta nueva ley se encargará de modificar en ciertos aspectos el anterior texto aprobado durante 2009.
Tiene como principal finalidad el que los concursos de acreedores finalmente sean en detrimento de la viabilidad de las empresas y no para que estas sean finalmente liquidadas.
También se busca impulsar otras fórmulas respecto a la suspensión de pagos, fomentando la refinanciación de las deudas que posean las empresas, además de darle un papel sobresaliente del administrador concursal a la vez se busca que los trabajadores cuenten con mayores garantías.
Además esta reforma de Ley lograría de cierta manera darle un carácter profesional a los administradores concursales conllevando de más exigencias y capacitación. Pudiendo impugnar los diversos acuerdos de refinanciación, esto traerá aparejado acortar los procesos que se llevan a cabo.
A partir de esta nueva Ley, la administración concursal recaerá hacia otras empresas, ya que una personalidad jurídica podrá desempeñarse bajo la forma de «sociedad de administración concursal».
Otra modificación tendiente a achicar las demandas de incidentes concursales, que es lo que retrasa los distintos procedimientos, de ahora en más los administradores tendrán la posibilidad de modificar los errores del listado de acreedores.
También se acelerará los procesos de suspensión de pagos. Junto al impulso a partir de esta nueva Ley del nombramiento de auxiliares delegados.
Además para incentivar el ingreso de dinero en las empresas que se encuentren en dificultades posibilitará que el 50% del dinero nuevo inyectado a las empresas, será una prioridad para el cobro siendo tomado como crédito contra la masa.
Respecto a los concursos rápidos, siempre que el juez estime que la suspensión de pagos no es compleja, este podrá aplicar el procedimiento abreviado o concurso rápido. También será válida en el momento en que el deudor posea una propuesta anticipada de convenio, de transmisión de empresa o cese su actividad cuando no posea empleados a cargo.
En cuanto a las garantías de los trabajadores, incluirá novedades se incluyen en la reforma laboral, además de aclarar lo referido a la participación de los sindicatos y el Fogasa.
Otra de las modificaciones será la de ofrecer más facilidades para refinanciar deudas, con la nueva regulación sobre refinanciación de deudas se podrá extender dichos acuerdos hacia otros acreedores, más allá de si estos no están a favor o no hubieran participado del acuerdo, cuando el pacto asegure la continuidad empresarial y estuviera firmado por entidades financieras acreedoras titulares por el 75% mínimo de las obligaciones.
Como conclusión esta Nueva Ley Concursal tiene como objetivo recuperar la actividad empresarial dejando de lado la liquidación de estas, el acuerdo deberá ser certificado por medio de un experto independiente.
Fuente: Elmundo
Imagen: pymecom