Ley de Contratos de Distribución

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Una de las problemáticas que hoy día presentan el sector del comercio minorista más allá de tener que afrontar la subida del IVA, el descenso del consumo y la morosidad, es el abuso que vive por parte de los proveedores en la distribución y en momentos en que ayuda a que no exista más paro del que hay, además de que muchos de ellos deben de no subir sus precios.

Desde hace tiempo la Federación de Asociaciones de Concesionarios de la
Automoción (FACONAUTO) viene alentando la iniciativa, para la puesta en marcha de una ley que regule las relaciones entre proveedores y distribuidores, y evite abusos y excesos contractuales.

El problema se planteé cuando en los contratos de distribución, el proveedor se reserva la facultad de modificar unilateralmente, sin previo acuerdo con su distribuidor, los criterios de selección, el sistema de remuneración, las condiciones comerciales o las exigencias de inversiones. Esta situación perjudica mayormente a las pymes o pequeñas empresas que se encuentran en posición de subordinación, por lo cual un repentino cambio de las condiciones, puede hacerle peligrar su continuidad.

La nueva norma regulará lo que respecta al régimen de formalización de contratos a través de forma escrita, así como lo que respecta al régimen de modificación de las claúsulas.

En lo referido a los plazos de extinción de contratos, se establecerán los plazos de preaviso de finalización del contrato, además de las indemnizaciones que deriven de dicha extinción, así como las compensaciones por clientela, mejorando la situación a los distribuidores que se ven perjudicados.

Antes que finalice este año pasarán al Parlamento este proyecto de Ley de Contratos de Distribución, ya que son muchas las quejas respecto a las dificultades ligadas a la posición dominante en los contratos de distribución en franquicias, kioscos de prensa y estaciones de servicio, así como en materiales de construcción, concesionarios de automóvil, productos informáticos.

Otra de las cuestiones que serán modificadas serán lo referente a los pactos en exclusiva y ventas directas por los proveedores que permitirá elevar la competencia en dicho sector a la vez se buscará que tampoco existan ventajas, como que algunos proveedores o propietarios de enseñas -en una franquicia-, fijen precios o incluso lleguen a fijar condiciones ventajosas para sus establecimientos, trayéndoles algún perjuicio a sus franquiciados.

Una de las situaciones en que mayormente se ve el perjuicio, es cuando porque se obliga al distribuidor a renunciar a priori a su derecho a amortizar sus inversiones y a obtener una compensación por la clientela ganada.

Imagen: venmas

Fuente: eleconomista

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