CCM deja de pagar intereses en sus preferentes

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Ya les comentábamos los riesgos que conllevan las participaciones preferentes. Uno de los aspectos que hemos puntualizado es acerca de la posibilidad de no obtener remuneración alguno en caso de no obtener ganancias.

El primer ejemplo se ha plasmado. Se trata de Caja Castilla- La Mancha (CCM) que se transformará en la primera entidad financiera española en al menos 16 años en no pagar intereses por sus preferentes. El motivo, evidente, las pérdidas registradas en sus cuentas.

El folleto de emisión establecía que «el pago de la remuneración de las participaciones preferentes queda condicionado a la existencia de beneficio distribuible».

Por lo tanto, la caja de ahorros recomprará las participaciones emitidas en 2001 y 2005, pero a un valor nominal, «sustancialmente» superior al de mercado

Los pésimos resultados que obtuvo la entidad no permitirán el pago de la remuneración. Los inversores de las preferentes 2001 las iban a recibir el 28 de junio, mientras que el 15 de julio, se iban a materializar los títulos emitidos en 2005. El importe total de estas retribuciones llegaba a unos 205 millones de euros.

La totalidad de las emitidas en 2001 serán amortizadas el próximo 31 de agosto, previa ‘supresión’ de la remuneración prevista para el 28 de junio con un precio que será «el valor nominal de cada participación preferente». El pago de esta cuantía, añade, «se halla garantizado por CCM».

Los inversores de las participaciones preferentes de 2005 tampoco obtendrán remuneración alguna, fijada en este caso para el 15 de julio, «dada la inexistencia de beneficio distribuible».

CCM tiene la intención de amortizar estas preferentes el 15 de abril de 2010, «una vez transcurridos cinco años desde su desembolso», y «siempre y cuando el Banco de España» autorice la operación, sin embargo, también ofrece la posibilidad de recomprar estas participaciones «durante el periodo comprendido entre entre el 15 de julio de 2009 y el 31 de agosto de 2009».

El precio de recompra será el «equivalente a su valor nominal, aun cuando el precio de mercado es sustancialmente inferior, en aras a proceder a su inmediata amortización».

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