Ya está vigente el plazo para que los contribuyentes puedan solicitar el borrador de la renta 2012, además de la confirmación y/o suscripción del borrador de declaración si eligen hacer telemáticamente, o por Internet, cajeros automáticos, mediante banca electrónica, la banca telefónica o alguno de los sistemas que existen en cuanto al formato de banca no presencial el periodo va del 10 de Abril al 2 de Julio de 2012, ambos inclusive. Mientras si optan alguna de las oficinas de entidades autorizadas para tal tramitación como son: bancos, cajas de ahorros o las cooperativas de crédito, en ese caso tiene de plazo entre el 3 de Mayo y el 2 de Julio de 2012, también en ambas fechas inclusive.
Mientras que en lo que hace al pago de la deuda tributaria del IRPF, tienen la oportunidad de hacer el correspondiente ingreso de la deuda tributaria del IRPF eligiendo poder hacerlo en forma de un solo pago, y si lo desean hasta el de dividir la cuantía a abonar hasta en dos pagos con la consiguiente manera:
-El primero podrá ser, del 60% cuando presenten su declaración.
-Mientras que el segundo, será del 40% que resta hasta el 5 de Noviembre de 2012, inclusive.
Si bien se aclara que si desean acceder a dicho beneficio deberán de presentar la declaración del IRPF siempre en el plazo que estuviera fijado según informa la Agencia Tributaria.
-En el caso de autoliquidaciones, el plazo va del 3 de Mayo al 2 de Julio de 2012, ambas fechas inclusive.
-Mientras que en el caso de los borradores de la declaración que hubieran sido confirmados telemática o telefónicamente será:
-Si se da el caso de no ser una domiciliación bancaria del pago, el plazo va del 10 de Abril al 2 de Julio de 2012
-Ahora si es con domiciliación bancaria del pago irá del 10 de Abril al 27 de Junio de 2012
En caso que como contribuyentes elijan domiciliar solamente lo que es el segundo plazo la confirmación o suscripción del borrador irá hasta el 2 de Julio de 2012 para llevarlo adelante.
Respecto a los borradores de declaración de la renta que fueran confirmados por otros tipos de medios y no por los anteriormente mencionados será:
-Al no tener una domiciliación bancaria del pago, será del 3 de Mayo al 2 de Julio de 2012
-Si posee la domiciliación bancaria del pago, será del 3 de Mayo al 27 de Junio de 2012
Para los casos del pago en una sola vez del importe que resulte de la declaración del IRPF existe la posibilidad de hacerlo en efectivo, vía adeudo o también puede ser cargo en cuenta y otra fórmula es mediante la domiciliación bancaria podrán llevar adelante el trámite en alguna de las entidades colaboradoras como son: bancos, cajas de ahorro o Cooperativas de Crédito sin importar si se lo hace por fuera de plazo. Web de la Agencia Tributaria.
Además pueden recurrir al Programa Padre desde el pasado 10 de Abril de 2012 el mismo que para solicitar el borrador de la declaración de la renta del ejercicio de 2011. Pueden solicitar sus datos fiscales y el borrador de la declaración para presentarlo hasta el 2 de Julio.
De manera que para todos estos trámites, la Agencia Tributaria ofrece el programa PADRE 2012, se trata de un software que sirve para modificar el borrador de la renta y poder confirmarlo.
Fuente: www.idealista.com
Imagen: www.contunegocio.es