El aumento de la renuncia a herencias que se viene dando en los últimos años no es una casualidad; heredar en España de media es caro. Sin embargo, la casi veintena de regímenes jurídicos diferentes en relación al impuesto de sucesiones y donaciones en nuestro país, correspondiente a las diferentes comunidades autónomas, generar escenarios radicalmente opuestos entre sí dependiendo de la ubicación geográfica. Así que la conclusión inicial es que, efectivamente, heredar en España es caro pero depende dónde.
Mientras en estos mismos días conocemos la propuesta de reajustes sobre el Impuesto de Sucesiones y Donaciones que en la sentencia del pasado 3 septiembre fue considerado no ajustado a derecho en relación al trato discriminatorio a los no residentes (aunque abriendo las puertas a un debate muy interesante sobre este impuesto) para el usuario de a pie la sensación sigue siendo la misma; por un lado, heredar en España es caro, y, además, las diferencias entre los diferentes regímenes jurídicos, las diferentes bonificaciones y los consiguientes resultados, resultan tremendamente confusos.
La maraña de las bonificaciones en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones
Durante los últimos años la aplicación por parte de las comunidades autónomas de las bonificaciones sobre el impuesto de sucesiones y donaciones ha llevado a diferencias verdaderamente serias en lo relativo a los costes que este impuesto puede suponer. De esta manera, cuando el rendimiento se entiende obtenido en un territorio concreto, la aplicación de las bonificaciones puede llevar de manera práctica a la eliminación del impuesto.
Esto hace que ante una misma situación, ante el mismo importe de una herencia en las mismas condiciones, el impuesto en determinadas comunidades autónomas puede resultar prácticamente insignificante, o, en el otro vértice, tan gravoso que resulte incluso complicado asumir el conjunto de los gastos por lo que este impuesto supone. Conviene aclarar este punto en primer lugar ya que, efectivamente, va a mediatizar todo el resto de gastos que una herencia puede llegar a suponer.
¿Quieres saber lo que supone heredar una cuenta bancaria? en este post te lo explicamos
Dependiendo de las comunidades autónomas el impuesto sobre sucesiones puede llegar a representar hasta el 34% del valor neto de los bienes recibidos, teniendo en cuenta que en la otra punta la aplicación de este impuesto en unión a las bonificaciones lo convierten en prácticamente insignificante como decíamos, las diferencias quedan patentes.
En el proceso que se inicia cuando se va a recibir una herencia, los bienes por recibir se calculan en valor y tras las posibles aplicaciones se aplicarán las reducciones en función del grado de parentesco y la consanguinidad del fallecido para acabar calculando la cuota tributaria.
Los costes de heredar por conceptos
Una vez repasado lo que ocurre con el impuesto de sucesiones que, como vemos, es determinante y, en en función de la ubicación geográfica del rendimiento lo es aún más, seguimos con los costes que asumir una herencia supone.
- Plusvalia: El impuesto o casa municipal que ganaba el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, se entiende que se nos cobra por el aumento del valor de la propiedad heredada. Se trata de una tasa municipal variable, y que dependiendo de los ayuntamientos es más o menos elevada, en esta tasa influye el valor catastral del suelo, la fecha de adquisición del inmueble, la fecha de transmisión y, por supuesto, el porcentaje de aplicación que la entidad municipal haya decidido.
- Abogados: No se trata de un coste estrictamente necesario, sin embargo, resulta muy habitual tener que realizar consultas legales durante el proceso de recepción de una herencia. Los costes de los abogados son libres por lo que ésta es una partida también que en caso de litigios puede llegar a ser muy importante.
- Notaría: Los costes de las escrituras notariales de herencia también ascienden a importes elevados, que, de media, pueden rondar los 1.000 euros como punto de partida.
- Registro de la propiedad: En las herencias de inmuebles también existe un costo de registro de la propiedad, tras el pago del impuesto de sucesiones, en la inscripción como nuevos propietarios se nos presenta un coste relacionado con el valor catastral de la vivienda. No es de los costes mayores pero obviamente suma.
- Gastos varios: Debemos pensar que casi con toda seguridad vamos a tener más gastos, por ejemplo, tasas por solicitud de certificaciones catastrales, posibles comisiones bancarias en aspectos como los certificados de saldos, poderes notariales para la declaración judicial de herencia, copias autorizadas del testamento notaría, certificados de registro general de actos de última voluntad… son todos gastos no excesivamente elevados pero que conforman otro paquete añadido a lo anterior.
La renuncias a las herencias
La situación de crisis por un lado, y los costes de asumir una herencia por otro, son sin duda factores determinantes en el aumento de la renuncia herencias en nuestro país en los últimos años, algo que se ha seguido dando también durante el presente año 2014. Debemos tener en cuenta, que, efectivamente, la influencia de las bonificaciones en algunos casos transforma la herencia en relativamente asumible, mientras que en otros la convierte en una carga pesada y difícil de asumir para una economía doméstica media; no en vano existen diferencias entre comunidades autónomas ante una misma herencia posible superiores al 500% sin duda una gran diferencia que debe ser tenida en cuenta.
La reforma relativa a la tributación de los no residentes en relación a las herencias, que recordamos según los tribunales europeos no se ajustaba a derecho en nuestro país, abre la puerta a las posibles reclamaciones sobre las malas aplicaciones en las bonificaciones, sin embargo, queda por ver cuál es el alcance real de estas posibles reclamaciones y sobre todo hasta dónde pueden llegar a extenderse.
Resumen:
Medidas estatales encaminadas a recaudar y propiciar la apropiación de bienes ajenos.
El estado es tu peor enemigo.
Yo tengo una duda, si resido por ejemplo en Madrid y heredo posesiones en Castilla la Mancha, donde tendría que pagar el impuesto de sucesiones?
Para sirenita: Debes pagar el impuesto de sucesiones donde este el bien registrado.En este caso, Castilla – La Mancha