La campaña de la Declaración de la Renta ha sobrepasado ya la mitad del calendario. El próximo 1 de julio se acaba el plazo de presentación, así que hay que estar atentos y no esperar a última hora.
Las declaraciones positivas tendrán que hacer frente a los pagos correspondientes. Hacienda establece dos plazos: el primero, al presentar la declaración y el segundo el día 5 de noviembre. En el primero se abona el 60% de la cantidad y en el segundo el porcentaje restante (el 40%); es una forma de facilitar el pago y de favorecer que el contribuyente pueda hacer frente a sus deberes sin ver demasiado perjudicada la economía familiar.
Opciones para pagar a Hacienda
Para optar al pago aplazado, tan solo hay que clicar en la casilla correspondiente en el momento de hacer la declaración. Las personas que no puedan hacer frente a los pagos, tienen la opción de solicitar un préstamo online, como los que facilita Monedo Now. Estos créditos permiten conseguir cantidades variables y abonarlas a plazos. En el caso de Monedo Now, el tope máximo es de 5.000 € y es el cliente el que elige la cuota mensual que le resulta más cómoda.
Los préstamos personales online se han convertido en un recurso habitual entre los contribuyentes para cumplir con las obligaciones tributarias. Hacienda es inflexible en materia de plazos, por eso los consumidores han de buscar fórmulas de financiación alternativas que permitan realizar los pagos en las fechas estipuladas.
Otra alternativa para pagar al estado seía solicitar un préstamo al banco. Es la vía más complicada; las entidades bancarias examinan con lupa todas las solicitudes y pueden tardar varias semanas en otorgar o denegar un préstamo. Además, la lista de requisitos es muy amplia y no se conceden préstamos a personas con problemas de morosidad (préstamos con ASNEF O RAE). Las empresas de préstamos online son menos rígidas en la tramitación de solicitudes y suelen admitir clientes con deudas pendientes.
Consecuencias de pagar a Hacienda fuera de plazo
¿Qué pasa si no podemos pagar a Hacienda en los plazos estipulados? La consecuencia más directa será la aplicación de recargos o intereses de demora. Para el año 2019 y hasta que se aprueben unos nuevos presupuestos, el interés de demora que aplica la Agencia Tributaria queda establecido en un 3,75%, que es el interés legal incrementado en un 25%.
La cantidad se calcula en función del número de días transcurridos entre la fecha prevista para el pago y la fecha real en que se ha efectuado el ingreso. Por ejemplo, si tenemos que ingresar el segundo plazo el 5 de noviembre y nos retrasamos 15 días, pagaremos un 3,75% más por cada uno de esos días de demora.
Es importante saber que los intereses de demora también afectan a la propia Agencia Tributaria. Es decir, si nuestra declaración de la renta sale “a devolver” y Hacienda no retorna la cantidad estipulada en el periodo previsto, también tendrá que pagar intereses de demora. Hacienda tiene de plazo para las devoluciones hasta el 30 de diciembre.