La situación económica de cada persona es fluctuante. A veces, por realizar un buen negocio o cerrar un buen contrato, se obtiene un dinero adicional con el que no se contaba. Entonces, quien tiene contratado algún préstamo personal se plantea cancelarlo anticipadamente. Sin embargo, esto no siempre es recomendable.
¿Qué supone cancelar un préstamo por adelantado?
Es normal plantearse la cancelación anticipada porque con ello se evita pagar una buena cantidad de dinero en intereses. Lógicamente, esto no les conviene a las entidades de crédito. Y, por ello, suelen incluir en sus préstamos una comisión, justamente, por cancelación anticipada de los mismos. Esta acostumbra a ser un porcentaje del dinero solicitado en un principio y, normalmente, está en torno al uno o al dos por ciento. Por ejemplo, si se han pedido 20 000 euros, la cancelación costaría al cliente 200 o 400. En este sentido, hay que señalar que los préstamos más baratos suelen ser aquellos que tienen un interés más bajo. También es necesario fijarse, antes de suscribirlos, en el resto de las condiciones que exigen.
¿Compensa la cancelación anticipada?
La respuesta no puede ser única, ya que depende de la situación en que se halle el propio crédito. No obstante, como norma general, hay que mirar el tiempo que ha transcurrido desde que se empezó a devolver. Si han pasado pocos meses, los intereses que quedan por pagar serán muchos. Por tanto, será recomendable abonar la comisión por cancelación anticipada, ya que esta siempre supondrá menos dinero que los intereses citados.
Por el contrario, si ya se ha devuelto la mayor parte del credito, quedarán pocas mensualidades por abonar. Y, por tanto, los intereses que restan supondrán poco dinero. En consecuencia, será mejor acabar de pagarlo en cuotas y no cancelarlo por anticipado, ya que la penalización por hacerlo supondría un desembolso mayor.
En cualquier caso, a la hora de hacer estos cálculos, también debe tenerse en cuenta cuál es esa comisión por cancelación anticipada. Hay entidades de crédito que no la aplican por lo que siempre resultará ventajoso liquidar el préstamo por adelantado. En cambio, existen otras que, no solo las imponen, sino que además lo hacen en porcentajes muy altos. De esa forma, previenen que el cliente desee cancelar por anticipado, pues no le resulta rentable.
Como ejemplo de todo ello, pensemos en una persona que ha pedido 20 000 euros a préstamo con un plazo de tres años. La entidad que se lo concede aplica un interés del cinco por ciento anual y pide una comisión de cancelación anticipada del dos por ciento. Esta última cantidad supondría 400 euros.
Si ya ha devuelto las cuotas correspondientes a dos años y nueve meses y cancela anticipadamente, tendría que abonar esos 400 euros. En cambio, si termina de pagar esas cuotas, los intereses devengados por ellas solo supondrían en torno a 250 por los tres meses pendientes.