Dentro del derrotero que deben vivir los hipotecados al menos reciben la buena noticia de que Novagalicia, BBVA y Cajamar a partir de la sentencia del Supremo decidieron anular sus cláusulas suelo, lo que beneficiará a 90.000 clientes en el caos de Novagalicia.
Novagalicia, BBVA y Cajamar, al conocerse la resolución del Supremo debieron cancelar las cláusulas suelo, por lo que Novagalicia, BBVA y Cajamar ya no les cobrarán sus cláusulas suelo a un colectivo de cientos de miles de hipotecados. A la vez que Bankinter señala no ofrecer hipotecas con este tipo de cláusulas.
Adiós a las Cláusulas Suelo:
Así es como los hipotecados de Novagalicia, BBVA y Cajamar, debieron forzar esta anulación ante la sentencia del Tribunal Supremo por las cláusulas consideradas de «abusivas» dentro de las hipotecas, cancelando el total de claúsulas suelo de sus respectivas carteras hipotecarias. Así es que estas tres entidades «BBVA y Cajamar, Novagalicia» eliminan sus cláusulas suelo sobre los contratos hipotecarios que estén vigentes. Las cláusulas suelo son una condición de un mínimo de interés que el hipotacado tiene que pagar según el euríbor esté al alza o a la baja.
Novagalicia procederá a eliminar las cláusulas teniendo efecto desde el 9 de Mayo, ya que es precisamente la fecha en que se produjo la sentencia del Tribunal Supremo, por lo que se informa que dicha sentencia no es retroactiva, solo hasta la mencionada fecha y no más hacia atrás. Desde la red de oficinas de NCG Banco deberán empezar a contactar con la cartera de clientes con hipotecas con cláusulas suelo con la finalidad de informar la anulación de la cláusula suelo y qué efectos tiene.
Que Dice la Sentencia del 9 de Mayo Sobre las Cláusulas Suelo:
«(i) declara, con carácter general, que no ha lugar a la nulidad de las cláusulas de limitación a la baja a la variación de los tipos de interés variables (“cláusulas suelo”) incorporadas a contratos suscritos con consumidores; si bien,
(ii) se declaran nulas por falta de los requisitos de transparencia exigibles por el Tribunal Supremo las cláusulas suelo contenidas en las condiciones generales de determinados contratos con consumidores, entre los que se encuentran los contratos de préstamos hipotecarios de BBVA;
(iii) condena a las entidades financieras parte del proceso, y entre ellas a BBVA, a eliminar dichas cláusulas de los contratos en los que se insertan y a cesar en su utilización, declarando la subsistencia de los mismos; y
(iv) declara que no ha lugar a la retroactividad de esta sentencia, que no afectará a las situaciones definitivamente decididas por resoluciones judiciales con fuerza de cosa juzgada ni a los pagos ya efectuados en la fecha de su publicación».
Fuente: Cincodias
Imagen: http://kaosenlared.net