Cláusulas abusivas en venta de casas

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Al difícil situación de conseguir una vivienda cuando no se tiene el dinero suficiente, la falta de crédito y demás problemas que trae la crisis, hay que agregarle que uno de cada tres contratos de compraventa de vivienda en Andalucía, el (35%) trae algún tipo de cláusula que se define como abusiva para el cliente, dentro de ellas se pueden encontrar: imponer al comprador el pago de plusvalías o gastos que le corresponden legalmente al vendedor, incluso impedirle al cliente la libre elección de notario o no poder preveer un plazo de entrega de la vivienda sin fijar una fecha establecida.

En uno de cada dos casos (49%) se detecto alguna infracción en la normativa que debe proteger al consumidor. A pesar de ello los incumplimientos se redujeron en 18 puntos en comparación a la campaña de 2006. Dicha reducción se a la vez que ha entrado en vigor el nuevo Reglamento de Información al Consumidor en la Compraventa y Arrendamiento de Viviendas, el que obliga desde hace 3 años tanto a las inmobiliarias como promotoras a ofrecerles a los clientes un documento estandarizado el que contiene información de las características de la vivienda y las condiciones económicas de la propia oferta.

De las promociones de viviendas en las que se recogen cantidades a cuenta, el 26%, no estaba avalada o asegurada de manera individual para cada comprador, en 2008 el porcentaje había sido del 44% y el 5% de los casos, los contratos de compraventa traen cláusulas que le posibilitan al vendedor poder subir el precio final pactado.

Dado estos casos se han abierto en 2009, 400 expedientes sancionadores sobre la vivienda llegando a ser más de 2,2 millones de euros en multas.

Imagen: Consumer.es

One response to “Cláusulas abusivas en venta de casas

  1. Unicaja, emplea en sus hipotecas las denominadas cláusulas abusivas

    UNICAJA esta aprovechando esta crisis para hacer su agosto, aplicando las denominadas “cláusulas abusivas”

    En el ámbito las hipotecas sobre la vivienda, este tipo de cláusulas pueden generar un sobre coste que en los casos más graves alcanzan los 6.000 euros anuales, aunque de media oscilan entre los 1.200 y los 2.300 euros anuales.

    Este tipo de cláusulas incumplen la ley 26/1984, de Defensa de los Consumidores y Usuarios, aunque la sanción continúa por los tribunales a las cláusulas y condiciones abusivas no disuade a la entidad de continuar aplicando este tipo de cláusulas con ilegalidades manifiestas, que incluso fueron denunciadas por el Senado y por unanimidad.

    Además es importante revisar todas aquellas comisiones que nos están cobrando, ya que en algunos casos estas sobrepasan los máximos autorizados por el Banco de España.

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