Cómo cada año, ha llegado la época de presentar las declaraciones de la renta. Para los que la llevan presentando muchos años como para los que lo hacen por primera vez, siempre hay algunas dudas respecto a algunos temas, y alguna modificación importante que es necesario saber. Desde el 1 de abril, está abierto el plazo para disponer del borrador de la declaración para 19,5 millones de personas, además del acceso a los datos fiscales de 2013 a través de la web de la AEAT.
Es necesario introducir el NIF, además de la casilla 620 del la declaración de la renta 2012 y de un número de móvil donde recibirán un número de referencia. Recuerde que es posible solicitar el borrador para el ejercicio siguiente, y si lo hizo el año pasado, le llegará por correo ordinario.
¿Quién está obligado a declarar?
El límite para estar obligado a hacer la declaración de la renta es el mismo que para la renta 2012, con unos rendimientos íntegros del trabajo de 22.000 euros anuales, siempre que proceda del mismo pagador. Si por otro lado un contribuyente recibe 11.200 euros anuales y la suma de otros pagadores supera los 1.500 euros también tendrá que hacer la declaración.
También es posible utilizar el borrador en caso de tener que recibir una devolución, aunque no estén obligados a hacer declaración, en el caso opuesto (ingreso), recibirían un documento que no permite confirmación alguna.
Ayuda para hacer el borrador
Quienes necesitan ayuda para confeccionar su declaración de la renta pueden pedir cita previa para acudir a una oficina de la Agencia Tributaria, o de otras administraciones, que colaboran en la prestación del servicio, a través de Internet y del teléfono 901 12 12 24, disponibles 24 horas, o del Servicio Telefónico de Cita Previa (901 22 33 44, de lunes a viernes de 9 a 19 h). La cita se podrá pedir desde el 6 de mayo hasta el 28 de junio. El servicio de atención para modificar borradores, se prestará desde el 13 de mayo hasta el 1 de julio.
El borrador se puede confirmar por:
- Vía electrónica o telefónica: cualquiera que sea su resultado, a ingresar, a devolver o negativo, a partir del 1 de abril y hasta el 30 de junio de 2014, ambos inclusive
- Otras vías: del 5 de mayo y el 30 de junio de 2014, ambos inclusive.
Si el borrador de declaración resulta con cantidad a ingresar y su pago se domicilia en cuenta, la confirmación no podrá realizarse después del 25 de junio de 2014, en caso de que se domicilie únicamente el segundo plazo, y la confirmación podrá realizarse hasta el 30 de junio de 2014. Otra de las novedades de esta campaña es la prohibición de presentar las declaraciones a mano. En la última declaración unos 35.000 contribuyentes lo hicieron así y ahora tienen la posibilidad de solicitar cita previa o bien de realizar el trámite mediante el programa Padre.