Las comisiones por descubierto son los gastos que cobran los bancos y cajas de ahorro cuando permiten hacer un cargo o disponer de la cuenta en ocasiones en que el saldo sea inferior al que se utiliza.
Estas comisiones son sólo algunas de las que cobran las entidades, y la tasa media ronda el 13% en el caso de las cajas y poco más del 14% en los bancos. No obstante, y tras muchos abusos, se marcaron tres limitaciones al cobro de esas comisiones, y es importante que los clientes bancarios estén al tanto de esto para no abonar cargos que no corresponden.
- La comisión no puede ser cobrada dos veces por el mismo saldo negativo o uso del descubierto. En caso de que el cliente gire en descubierto, debe tener en cuenta que a la comisión correspondiente se le adicionarán los intereses relacionados al crédito tomado de ese modo al banco.
- La causa del descubierto es la diferencia de fechas de valoración entre ingresos y reintegros en esa cuenta debido a los procedimientos bancarios.
- La comisión mas los intereses originados por el descubierto NUNCA podrán llegar a una Tasa Anual Equivalente (TAE) a dos veces y medio el interés legal del dinero.
En febrero del corriente año, según información publicada por la Asociación de Usuarios de Servicios Financieros (Ausbanc), tres sentencias definieron como “ilegales” las comisiones por descubierto y devolución.
Analizando los últimos meses, se observa que los tipos de interés por descubierto que se aplican a los individuos han tenido un comportamiento estable, a diferencia de lo sucedido con los correspondientes a empresas.
Es importante tener en cuenta que cada caja o banco decide el porcentaje que aplicará por esos conceptos.