Se trata de una de las nuevas ayudas que implantará el Gobierno a partir de este nuevo año, y cuya solicitud se podrá realizar a partir del 15 de febrero, con fecha límite el 31 de marzo.
Podremos obtener la solicitud por medio de la página web de Hacienda, donde también explican detalladamente los requisitos que hay que cumplir para poder obtenerlo.
Desde el momento en que el Gobierno anunció la llegada de este cheque de 200 euros a partir de 2023, han sido muchas las personas que no tienen claro si pueden solicitarlo o en qué consiste exactamente dicha solicitud y dónde se puede acceder a ella. A continuación te mostraremos los requisitos que son necesarios para acceder a este tipo de ayuda, y si encajas o no en el perfil que la puede percibir.
Qué requisitos son necesarios para obtener el cheque
Lo primero que hay que tener en cuenta, es que se dispone de un plazo con fecha límite para solicitar esta ayuda. Como ya hemos mencionado, irá desde el 15 de febrero hasta el 31 de marzo, o lo que es lo mismo, contaremos con mes y medio de plazo para poder llevar a cabo la solicitud. Solamente podrá realizarse de manera telemática, a través de la web de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
No podrán acceder a este tipo de ayuda si ya se dispone de alguna otra ayuda económica como el Ingreso Mínimo Vital. Y es que este cheque se encuentra especialmente orientado a todas aquellas personas que se encuentran en una situación precaria y no disponen de ningún otro tipo de prestación económica.
Dentro de las ayudas que si se tienen no se podrá acceder a dicho cheque, se encuentran también las pensiones abonadas por el Régimen General o bien por los Regímenes especiales de la Seguridad Social, así como por el Régimen de Clases Pasivas que ofrece el Estado.
No será posible tampoco acceder a esta ayuda si se dispone de prestaciones análogas de las que ya hemos mencionado. En general, cualquier tipo de ayuda económica que se facilite por las mismas razones por las que se emite esta ayuda, es totalmente incompatible con la obtención de la misma.
No podrán acceder a este cheque, aquellas personas que hayan sido administradores de derecho de una sociedad mercantil, cuya actividad no haya terminado a finales del pasado año. O también aquellos que hayan sido titulares de valores representativos de la participación en fondos propios de una sociedad mercantil no negociados en mercados organizados.
En cambio, las personas que sí pueden percibir este tipo de cheque, son aquellas que durante el último año se hayan encontrado en situación de desempleo, hayan sido autónomos o asalariados con una cantidad máxima de ingresos de 27.000 euros anuales y cuyo patrimonio conjunto no supere los 75.000 euros.
Cabe destacar que, para personas que se encuentren casadas o sean pareja de hecho, el cómputo conjunto, menores o hijos directos incluidos que vivan en la misma vivienda contarán para la obtención de esta ayuda. Por último, se tiene que disponer de la residencia en España a finales del pasado 2022, así como el cómputo de ingresos y patrimonio.