La banca y sus productos deparan sorpresas desagradables aunque se publicite sus productos financieros con toda pompa, ventajas y beneficios. Ante esto para darle una mayor protección a los clientes, es que la nueva norma obliga a la banca a tener que informarle al colectivo de pequeños inversores sobre los riesgos que conllevan los pagarés y algo que a veces ni en la letra chica figura.
No es la primera vez que la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) sale a exigirle a entidades financieras para que estas les informen de los diferentes puntos grises o oscuros de ciertos productos en este caso sobre el riesgo de los pagarés. También deberán de ofrecerles información clara, sencilla y directa respecto a las diferencias entre pagarés y depósitos evitando confusiones.
Ya de por sí existía una guía de pagarés que tiene como objetivo el de ofrecerle inforamción al inversor minorista. La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) decidió modificar dicha guía de pagarés de forma de reforzar el objetivo de información para el inversor minorista, de forma que las entidades financieras que emitan pagarés quedan obligadas informar detalladamente sobre este tipo de productos y del riesgo que implica invertir en ellos, además en lo que hace a su liquidez y que queden bien explicadas las diferencias con los depósitos bancarios, ya que pueden prestarse a consufiones algo que viene sucediendo desde hace un tiempo.
Ante la existencia de colectivos de clientes-inversores que quedan atrapados en la telaraña de este tipo de productos, es que la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) se ve obligada a modificar ciertos puntos de la guía sobre pagarés.
De ahora en más, toda entidad financiera que emita pagarés como paso previo deben ofrecerles a los inversores información:
-Respecto al emisor
-Qué posibilidades de liquidez existen
-Los riesgos de invertir en pagarés
-Información diferenciadora entre un depósito bancario y un pagaré
-Informarle y advertirle de forma clara que el pagaré no lleva la garantía del Fondo de Garantía de Depósitos(FGD).
Así la CNMV pretende que en carácter de supervisor bursátil, reforzar la información y garantizarles a los pequeños inversores, que quieran o inviertan en cuanto a altos volúmenes de pagarés ya que algunos lo eligen por sobre los depósitos,pero sabiendo a conciencia lo que contratan, aunque siempre parece que uno sabe y después vienen las sorpresas desagradables…………..
Así si el pagaré es para minoristas y cuyo plazo de vencimiento sea a más de 12 meses, conllevarán similares requisitos que por ejemplo las emisiones de renta fija así se los equipara. Por otro lado, de no existir un tramo mayorista, corresponderá presentar un informe de parte de un experto independiente, en el informe deberá figurar las condiciones sean como las de una emisión a nivel inversores institucionales en especial.
Cuando la CNMV detecte que las condiciones no son las que deberían ser en cuanto al pago en por ejemplo una emisión mayorista, ante esto comunicará en forma de advertencia la que tiene que figurar en la publicidad del pagaré junto a la información que se les da a los potenciales inversores ya que estos tienen que recibir de parte de las entidades información, en forma de ficha del pagaré además de estar compuesta la ficha informativa por 2 o 3 páginas, debieno llevar la firma del interesado.
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