Los consumidores españoles tienen una nueva forma de contratar el gas por teléfono o por Internet. Con ello pueden realizar el trámite correspondiente a través del teléfono o a Internet desde el 20 de Julio las altas, así como las bajas o cambios de suministrador de este servicio.
Por lo que desde ahora, respecto a la grabación telefónica, el usuario deberá dar el consentimiento a la grabación, señalando sus datos:
-Número de teléfono
-Nombre
-DNI
-Dirección de suministro
-El código de punto de suministro (CUPS).
Tras dar la aceptación vía telefónica para el alta, baja o el traspaso de suministrador, el usuario podrá recibir en su domicilio la confirmación vía documento del contrato, tras ello tendrán de 7 días hábiles para ejercer derecho de solucionar. Además dicha solicitud tiene que contar con un número asignado.
Para las bajas, los comerciales le deberán remarcar al usuario que la compañía le asiste el derecho a ingresar en su vivienda para extinguir el suministro, además de informarle si desea una nueva alta por lo que deberá pagar los derechos.
Mientras que a través de Internet, dichos trámites el usuario podrá dar conformidad mediante su firma electrónica o, ingresar los datos de la contratación telefónica, su dirección de IP.
A partir de la nueva normativa permite resolver un conflicto entre Iberdrola y Gas Natural Fenosa de 2009. Ya que Iberdrola denuncio a Gas Natural Fenosa ante la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) por obstaculización de la competencia.
Lo que denunciaba Iberdrola era que Gas Natural Fenosa impidió traspasarse a 300.000 clientes de gas de los que contaba con una serie de grabaciones telefónicas dónde los usuarios señalaban que deseaban traspasarse.
Mientras que Gas Natural Fenosa se encargó de remarcar la falta de prácticas conocidas como switching telefónico al no haber una normativa. Algo que hoy si puede a partir de la última normativa.
Para todos aquellos que contraten el servicio de gas también existe una extensa guia de ahorro en gas.
Imagen: saveenergy