Los contratos por diferencias (CFD) se refieren a los activos financieros derivados, los que constituyen un acuerdo entre un inversor y un intermediador financiero a través del que se determina la liquidación en efectivo de la diferencia, sea favorable o desfavorable, que llegue a producirse en la cotización de un activo subyacente esto puede darse en una acción, un índice, un metal precioso, un fondo cotizado, divisas, entre las fechas en las que se realiza y se cancela el contrato.
Su funcionamiento, consta que el inversor pueda tomar una posición en un activo similar a operar de forma directa adquiriendo o vendiendo el activo aunque prescindiendo del desembolso en la posición compradora o de la entrega de valores.
Este tipo de productos, se encuentra dirigido a inversores con una alta y probada experiencia, debido a que exige un alto conocimiento de los mercados bursátiles y capacidad financiera para afrontar pérdidas.
Además se pueden tomar posiciones cortas es decir jugar a la baja, dentro de los mercados que negocian sólo al contado.
Respecto a los emisores de CFD, son lanzados por empresas de servicios de inversión (ESI), “entidades de crédito y agencias o sociedades de valores”. Se puede dar el caso que quienes comercializan el CFD sean diferentes al que los emiten.
En cuanto al emisor, este llega a asumir dos riesgos, uno de ellos es el de pagar al inversor si el mercado evoluciona a favor de él o tener que hacer frente a pérdidas las que ocasionen el incumplimiento de las obligaciones del inversor en momentos que el mercado registre una trayectoria contraria a los intereses de éste.
Las exigencias que se les hace a los inversores, es el de un depósito de garantía al realizar dicha operación, esto se utiliza como forma de asegurar que el inversor responda en caso de darse potenciales pérdidas. Usualmente su cuantía es recalculada cada día.