Desde el momento en el que una persona comienza su relación con una entidad bancaria, tiene la obligación de conocer el significado de determinados términos bancarios. Aunque a muchos pueda parecerles innecesario, el desconocimiento de su significado no es motivo de justificación ante , por ejemplo, unos intereses por tener la cuenta al descubierto.
Utilizando un ejemplo sencillo, si se tiene una cuenta con 10 euros y el banco pasa un recibo de 20 euros, nos está ‘prestando’ 10 euros hasta que se haga in ingresos. Ese tiempo se conoce como » estar al descubierto» y supone un pago de interés a posteriori. El hecho de no saber que la cuenta puede estar en descubierto, o desconocer el significado de «descubierto», no exime de tener que pagar los intereses por esos días de préstamo.
Esta misma situación, se puede relacionar con cualquier termino contable o económico que aparezca en cuentas, contratos, correos, aplicaciones de internet, cartas, etc. Además, a esto se añade una dificultad, la de confundir términos que, aparentemente, son iguales. Esto es lo que ocurre con la fecha valor y fecha contable, de contabilización o fecha de operación.
Hay que tener en cuenta que, aunque las fechas valor y contable aparecen más asiduamente en los documentos bancarios, se pueden encontrar en cuentas contables de empresas, entre otros.
¿Qué significa fecha valor y fecha contable?
La fecha valor es la fecha que aparece cuando un abono empieza a generar beneficios o cuando un adeudo deja de generarlos.
La fecha valor no tiene por qué coincidir con la fecha contable.
Por ejemplo, los ingresos de dinero suelen tener una fecha valor posterior que la salida del dinero, sobre todo si el ingreso del dinero es de otra entidad, o incluso del extranjero.
La fecha contable es aquella en la que el banco contabiliza la operación, es decir, que el ingreso o el cobro ya son efectivos. Esta fecha también puede variar ya que, si se hace un ingreso en efectivo, se contabilizará al momento en cualquier cuenta, y si la transferencia u operación es de la misma entidad, también. Además, hay que tener en cuenta que, para un mismo movimiento la fecha contable no es la misma.
Es decir, si un cliente hace una transferencia otro cliente de otro banco, la fecha contable del primero será la del momento en el que haga la operación. En cambio, la fecha contable del segundo cliente, será del día en que reciba la transferencia y esta sea efectiva.
¿Dónde aparecen la fecha valor y la fecha contable?
Al consultar los extractos bancarios, al lado de cada uno de los movimientos, aparecen dos fechas. Tanto en los ingresos como en los pagos realizados, es posible encontrar dos fechas que, de forma general, no coinciden (aunque esto puede variar).
¿Cuántos días hay entre la fecha valor y la fecha contable? ¿Quién estipula esos días?
Es importante destacar que, aunque se haya avanzado mucho en la banca online, las operaciones necesitan tiempo para hacerse efectivas, pero siempre dentro de unos límites. Es posible que, si la operación se inicia o termina en el extranjero, puede haber más días entre ambas fechas. Sin embargo, las entidades no pueden establecer los días que quieran desde que la fecha valor hasta la fecha contable.
Es el Banco de España quien marca el número de días y a través de la regulación establecida en la Circular 8/1990, de 7 de septiembre, sobre transparencia de las operaciones y protección de la clientela, como en la Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de servicios de pago. En él, se establecen los días hábiles máximos que pueden pasar desde el lanzamiento de la operación por el cliente, hasta que ésta sea efectiva. Además, fija los días que puede haber entre operaciones bancarias como cheques o ingresos en efectivo.
En cualquier caso, el banco debe comunicar la valoración de las operaciones y las diferencias entre fechas contables y fechas valor. En la Circular 8/1990 señalan que “en todas las operaciones con independencia de aplicar puntualmente las normas de valoración correspondientes, las Entidades pondrán los medios necesarios para abonar o adeudar las cuentas de los clientes sin demoras o retrasos, aplicando la máxima diligencia en facilitarles la disponibilidad pronta de los fondos”.
No obstante, hay que tener en cuenta que se pueden dar casos concretos en los aumenten los días entre la fecha valor y la fecha de operación. La fechar valor no tiene que coincidir con la contable y en el caso de abonos suele ser posterior y en cargos inmediata.
- La fecha valor de un abono en cuenta debe coincidir con la fecha en la que la entidad bancaria recibe los fondos del otro banco.
- En el caso de transferencias desde otras entidades, la fecha de valor será un día hábil después de la fecha de orden.
- Para transferencias en la misma entidad, la fecha valor será el mismo día que la orden de pago.
Días entre fecha valor y fecha contable
Los días hábiles son, generalmente, los que van de lunes a viernes. Además, los bancos publican los días no hábiles y las operaciones se realizan teniendo en cuenta estos días. Estas son cuatro de las operaciones bancarias más comunes y los días que hay entre sus fechas valor y contable, según BBVA.
- Ingresos en efectivo, se abonan el mismo día de su realización si esta se realiza antes de las 11h de la mañana, el resto el día hábil siguiente.
- Cheques, mismo día de la entrega si es a cargo de la propia entidad y el 2º día hábil siguiente si es a cargo de otra entidad.
- Transferencias, el mismo día del adeudo al ordenante si es la misma entidad, y si es otra, dentro de España, el 2º día hábil siguiente al adeudo.
- Venta de valores, el día hábil siguiente a la fecha de venta en bolsa.
Cuentas al descubierto por la fecha valor y fecha contable
Una vez más, el tema de las cuentas al descubierto cobra importancia al hablar de la fecha valor y contable. Como mejor se entiende es a través de un ejemplo. Si, por ejemplo, ingresamos un cheque en nuestra cuenta pero este pertenece a otra entidad, el dinero no estará inmediatamente en la cuenta.
Ocurre lo mismo si hacemos una transferencia desde otra cuenta. Por eso, si se hace la transferencia el día 2, el dinero no estará disponible hasta el día 4. Si hay un recibo domiciliado el día 3, es posible que la cuenta se quede al descubierto, es decir, en negativo. Por eso , el banco nos puede cobrar unos intereses. Solución: ser precavidos y hacer la transferencia varios días antes del cobro.