Tan sólo quedan dos días para el miércoles 14 de Noviembre, día en el que está convocada una Huelga General. Seguramente, ya te habrán preguntado si vas o no a secundarla, y en mayor o menor medida conozcas las consecuencias legales y salariales que conlleva hacer huelga si eres un trabajador asalariado. Sin embargo, para el trabajador autónomo nos encontramos con un vacío legal e informativo que genera grandes dudas acerca de su derecho de huelga. Soy autónomo, ¿Debo hacer huelga?.
Por primera vez, los autónomos se muestran más predispuestos a seguir la huelga del 14N , frente a la escasa participación registrada en convocatorias anteriores, y es que su situación y las implicaciones que genera, merece un tratamiento especial frente a lo que implica hacerla a trabajadores por cuenta ajena. ¿Qué implica hacer huelga para un trabajador autónomo?
La caída del consumo como consecuencia de la crisis y la subida del IVA está provocando que muchos autónomos afronten este miércoles con otra aptitud, consideran que es necesario un cambio y que está vez también deben movilizarse a favor de ello y en contra de la política de recortes que está afectando a sus empresas y a su propia economía. Consideran que las pérdidas que implica cerrar su negocio o no trabajar el día de la huelga son asumibles. Esto se agrava en el caso de pequeñas y medianas empresas cada vez más ahogadas por las consecuencias de la crisis.
En primer lugar, debemos dejar claro que el trabajador por cuenta propia tiene el mismo derecho de huelga que un trabajador asalariado. Está en su derecho de secundar o no la convocatoria asumiendo los costes que implica el no trabajar ese día o cerrar su negocio. La diferencia estriba en que al cotizar por mes entero, ese día seguirá cotizando, si no se lo comunica previamente a la seguridad social. Si no trabajas ese día no saldrás en las estadísticas ni pararás tu cotización.
Por ello, desde algunos foros de Internet se proponen algunas iniciativas que podrías adoptar si eres autónomo y quieres hacer patente tu participación: Hacer una baja temporal en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o un aplazamiento masivo de las próximas declaraciones de IVA a pagar, son algunas de la opciones que proponen.
Esto respecto a los autónomos que no tienen trabajadores a su cargo, y que por tanto pueden decidir trabajar o no, al igual que aquellos que tienen un establecimiento abierto al público pero sin empleados, que pueden libremente optar por abrir o cerrar. El problema lo encontramos cuándo el autónomo tiene personas trabajando para él, pues ahí el empresario tienen que asumir mayores responsabilidades y obligaciones legales. En primer lugar, debe respetar el derecho al trabajo de sus empleados, así como el de huelga, y no puede prohibirles el acceso al trabajo, incurriendo en este caso en cierre patronal y por consiguiente, en una falta grave objeto de sanción. En estos casos, la mejor opción es dialogar y pactar con los empleados y llegar a un acuerdo que mejor convenga a ambas partes.
Lo cierto es que habrá que esperar hasta el próximo día 14N para conocer los resultados y el seguimiento de la huelga por parte del colectivo de autónomos. De momento, lo que nos queda claro es que independientemente de lo que decidamos hacer el próximo 14N, la huelga es un derecho que podemos ejercer o no y que en última instancia siempre cabe el diálogo.