Primero y antes de hablar a fondo del impuesto de donaciones hay que aclarar que este tipo de impuesto se trata del tributo registra la más amplia de las diferencias al compararlo entre las Comunidades Autónomas, en especial si se va a lo que un contribuyente y que de obtenga de parte de sus padres una vivienda que tenga un valor de 180.000€ si vive en Andalucía o Asturias ambas son las que cobran más alto este regalito con su tributo, le tocará abonar sobre este valor unos 27.391€. Además de ser un tributo autonómico.
Si vemos el mismo caso en Madrid y en Castilla y León será una ganga de los 300€, mientras que en Aragón en cambio queda libre de impuestos mejor que barato es gratis diría alguien.
Por lo que lo que implica donar o obsequiarle una vivienda al hijo no implica que sea gratuito ya que a la vuelta de la esquina está el impuesto de donaciones. Si bien hay sustanciales diferencias entre las CC.AA en cuanto a lo fiscal por lo que en lo que algunas es un dolor de cabeza en otras no hay ninguna novedad sobre el pago del impuesto. Según sean de Cataluña, Extremadura, Galicia, Castilla-La Mancha o Murcia verán que las diferencias en materia fiscal por donar un vivienda o donarle el dinero no siempre es mejor.
Si nos guiamos por el estudio del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) refleja que el impuesto de donaciones, y que debiera ser parejo y no tan diferente entre las comunidades en algunas el tributo es alto y en otras solo hay bonificaciones.
Así según la comunidad puede salir más barato según la fiscalidad de cada comunidad, donarle una vivienda a su hijo al momento de independizarse o casarse o podría ser mejor regalarle o prestarle dinero en efectivo para el mismo fin.
Si tomamos el mismo valor, de 180.000€ en efectivo para que se compre su vivienda tendría que terminar pagando por el impuesto sobre donaciones 6.400€ si es en Andalucía en vez de los 27.391€ que tendría que terminar pagando si en vez de efectivo sus padres les donara la vivienda por similar valor lo que la diferencia es muy notoria.
Por lo que algunos expertos recomiendan que si no hay apuros en vez de donarle la vivienda será mejor ponerla en herencia, esto posibilita poder saltear las altas bonificaciones de algunas comunidades sobre los patrimonios que suelen pasar de padres a hijos.
Cómo Cuenta la Donación de la Vivienda:
En el caso de donar viviendas en cuanto a lo fiscal al realizar la donación de una vivienda es tomado como una venta, por lo que no hace diferencia cuando los padres dona su vivienda familiar a su hijo obligatoriamente esta donación debe figurar en el IRPF bajo ganancia patrimonial. La locura es que como se ejemplifica si la vivienda les salió 60.000€ pasado un tiempo al momento de donarla esta tiene un valor de 180.000€ tiene que desembolsar por concepto de IRPF 23.000€ poco más.
También le sirve a las Comunidades Autónomas como medio de recaudar aunque también lo hacen mediante las bonificaciones obteniendo unos 2.200 millones de euros. Por ejemplo Cataluña obtuvo en 2010 unos 600 millones de euros, ya en 2001 bajó a la mitas tras las modificaciones sobre el impuesto sobre sucesiones para herencias de padres a hijos por lo que su nivel recaudatorio ya no no es significativo aunque cualquier entrada a caja es buena.
quisiera saber cuanto pagaria por el impuesto de donaciones,al haber renunciado a la parte que me correspondia de herencia de mi madre,gratuitamente a favor de mis tres hermanas.soy de la comunidad autonoma de castilla y leon