Parece que los consumidores contarán con mayor protección, luego de que el Congreso haya dado el visto bueno a la Ley que regula los servicios de crédito de entidades no financieras.
De esta forma, se amplía la protección de los consumidores ante la reunificación de deudas y la contratación de créditos hipotecarios con este tipo de entidades.
A partir de esta iniciativa, se han incorporado dos modificaciones para este tipo de entidades:
- Presentación de las cuentas anuales auditadas al Ministerio de Sanidad y Consumo.
- Obligación de constituirse en establecimientos financieros de crédito siempre que su cifra anual de negocio supere los quince millones de euros y operen en más de una comunidad autónoma.
Estas dos enmiendas que se incorporan al texto incrementarán las garantías y la protección de los consumidores, ya que permitirán conocer información, transparencia y seguridad a este tipo de actividades.
El texto aprobado por el Senado sostiene que los consumidores dispondrán de la información precontractual al menos 15 días antes de la firma y deberá especificar las principales características de los contratos como el coste total que debe pagar el consumidor, incluidas comisiones, cargas y gastos.
La transparencia de precios implica que no se podrán cargar cantidades superiores a las que se deriven de las tarifas explicitadas.
Esta información se publicará en páginas web y en un tablón de anuncios en los establecimientos abiertos al público, por lo que la identidad de los tasadores y sus tarifas serán públicas, por lo que existirá un registro de empresas, que deberán contratar, con una entidad autorizada, un seguro de responsabilidad civil u otra garantía financiera.
La normativa prevé específicamente el derecho a desistimiento en los contratos de intermediación en los 14 días siguientes a la formalización del contrato, sin alegación de causa alguna y sin penalización, y se incluye un régimen de infracciones y sanciones, al tiempo que se habilita la resolución extrajudicial de conflictos.
Entre las novedades, podemos destacar:
- Intensificación de las obligaciones de transparencia de las entidades dedicadas profesionalmente a esta actividad
- Establecimiento de los requisitos de los contratos y el incremento de las garantías,
- Fijación de las actuaciones en casos de incumplimientos
- Establecimiento de mecanismos de resolución extrajudicial de conflictos.