Novedades campaña de la Renta 2011

Como todos están enterados ya está vigente la campaña de la Renta 2011, y con ella hay varias novedades que compartir. Así los contribuyentes que se han suscrito al servicio de alertas a móviles de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (Aeat) han recibido un mensaje vía SMS en sus móviles, con el número de referencia del borrador de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y en otros casos sobre el resumen con datos fiscales, en caso que no contaran con los requisitos que le permitirían acceder a consultar por Internet.

Servicios Disponibles:

Otro de los servicios del que disponen es del servicio de Cita Previa para la declaración de la renta, este acaba según el Calendario Fiscal 2012 el miércoles 27 de Junio. Pueden utilizar los teléfonos de la AEAT ( 901 12 12 24) que está accesible las 24 horas del día y el otro número que pueden llamar es al (901 22 33 44) en este caso es de lunes a viernes 9 a 20 horas.

La Campaña de la Renta del ejercicio 2011 y los contribuyentes además tienen la posibilidad de solicitar a la AEAT además de consultar el borrador par después poder confirmar el borrador y si lo desean también los datos fiscales usando la sede electrónica ingresando a www.agenciatributaria.gob.es, tienen de plazo hasta el 2 de Julio de 2012.

Al momento de conseguir su número de referencia par poder acceder por Internet al borrador o datos fiscales, tendrán que informar:
-El Número de Identificación Fiscal (NIF)
-El importe de la casilla 620 de la declaración del IRPF de 2010 -figura como Base liquidable general sometida a gravamen-
-El número del teléfono móvil para recibir vía SMS el número de referencia del borrador o los datos fiscales.

Además de la posibilidad de hacerlo solicitarse por los portales de Internet de la AEAT. Así tienen como novedad:
-Universalización de la deducción por adquisición de vivienda
-Ampliación de la deducción para las obras en las viviendas
-Incremento de beneficios fiscales por el alquiler de vivienda
-Incremento de tipos para los dos tramos superiores de la tarifa de rentas
-Incentivos a la inversión empresarial
-Vuelta del Impuesto sobre el Patrimonio.

Una de las novedades más notorias se trata de la compra y rehabilitación de vivienda habitual y la de las obras de mejora de la vivienda. Esto hace que los contribuyentes tengan la oportunidad de deducirse hasta el 7,5% de la cifra satisfecha en 2011 por compra o rehabilitación de vivienda habitual, además de las deducciones de la Comunidad Autónoma de residencia, esta es una de las novedades en la declaración de la renta respecto a la vivienda.

Mientras que de base máxima de esta deducción se ubica en los (9.040€) anuales conformada por las cantidades satisfechas por compra o rehabilitación de vivienda, junto a los gastos abonados.

Lo referido a la financiación ajena, aparece la amortización, intereses, y el coste de instrumentos de cobertura del riesgo de tipo de interés variable de créditos hipotecarios que queden contemplados por el artículo 19 de la Ley 36/2003, de 11 de Noviembre. Respecto a dichos instrumentos de cobertura, los intereses que fueran satisfechos por el contribuyente serán minorados por las cifras que fueran conseguidas de la aplicación del instrumento de cobertura.

Se aplicará dicha deducción por las cantidades depositadas en las entidades de crédito, siempre que las cuentas estén bajo los requisitos de formalización y disposición, además de que sirvan para la primera adquisición o rehabilitación de vivienda habitual, además de existir un límite que es de 9.040€ al año.

Deducción en el Matrimonio:

Si sucede la nulidad del matrimonio, o el divorcio o separación judicial, en dicho caso el contribuyente tendrá la posibilidad de no perder dicha deducción, por las cantidades satisfechas dentro del plazo para la compra de la vivienda habitual donde el matrimonio hubiera convivido además de que tendrá que seguir para los hijos en común.

Deducción por Obras de Mejora de Vivienda:

Siguiendo con la vivienda, en lo que hace a deducción por obras de mejora en la vivienda pasa del 10% a ser ahora del 20%.
Mientras que la base anual máxima pasa de los 4.000€ a ser de 6.750€.

Una de las novedades es que dicha deducción va más allá de la vivienda habitual ya que crece el límite anual para poder tener una, pasa de los 53.007,20€ a ser de 71.007,20€. Además de que las obras e instalaciones para adecuar la vivienda habitual son por alguna discapacidad del contribuyente, en ese caso la base imponible es de 12.080€.

Fuente: Eleconmista