Se suceden las novedades en la Nueva Ley de Emprendedores, que ante otros temas estaba algo relagada, entre algunos aspectos están las rebajas fiscales, se podrán acoger al IVA de caja y demás novedades. Así se da el visto bueno a la Ley de Emprendedores. Algo sumamente trascendente es el impedimento de potenciales embargos a la vivienda de los trabajadores autónomos.
¿Qué es un Emprendedor?
La ley de Emprendedores redefine el concepto de emprendedor. De ahora en más se entenderá como emprededor a las personas físicas o jurídicas que desarrollarán o desarrollen determinada actividad económica productiva.
Creación de Empresas:
-A la hora de crear una empresa habrá una mayor repidez en los trámites que permiten crear una empresa.
-Se modifica el disponer de un capital social mínimo de 3.000 euros
-Reducción de los costes
-Reducción de los plazos entre 24 y 48 horas podrán registrar la nueva sociedad.
-Creación de Puntos de Atención al Emprendedor (PAE) como oficinas de organismos públicos y privados.
IVA de Caja:
Las pequeñas y medianas empresas cuya facturación sea menor a 2 millones de euros desde el 1 de Enero de 2014 dispondrán del uso del IVA de caja. Pudiendo ingresar dicho impuesto en Hacienda al cobrar una factura, en vez de hacerlo al emitirla. Según Hacienda se beneficiarán más 2 millones de autónomos y pymes.
Un punto negativo es que los que se acojan al IVA de caja quedarán más controlados por Hacienda, por lo que no todo elegirían acogerse. Además se regularán los beneficios fiscales para las pymes a los business angels-son los inversores financiadores de proyectos-.
Vivienda Inembargable y el Emprendedor de Responsabilidad Limitada:
Se crea el emprendedor de responsabilidad limitada. Lo que es un reconocimiento para los trabajadores autónomos evitarán responder con su vivienda habitual cuando tengan deudas por su actividad.
Condiciones para Acogerse a la Inembargabilidad de la Vivienda Habitual:
-Los autónomos deudores con un inmueble cuya valoración sea inferior a (300.000 euros), siendo ese su precio de adquisición en el registro Mercantil.
-Las viviendas en poblaciones de más de 1 millón de habitantes sufrirán de un coeficiente del 1,5 a (300.000 euros), elevando el precio a (400.000 euros).
Visados de Residencia:
Los extranjeros podrán acceder a un visado de residencia si invierten 2 millones de euros en deuda pública o compren una vivienda de 500.000 euros. O si inician una actividad empresarial que pueda ser innovadora, y que cree empleos.
Autónomos en Pluriactividad:
Los trabajadores por cuenta ajena que se den de alta como trabajadores autónomos y queden bajo situación de pluriactividad, tendrán la posibilidad de elegir como base de cotización por cuenta propia entre el 50% de la base mínima de cotización por los primeros 18 meses, o el 75% durante los siguientes 18 meses, hasta las bases máximas para el Régimen Especial. Estos autónomos quedarán impedidos de las reducciones de cuotas para nuevas altas de mayores de 30 años.
Reducciones a la Seguridad Social:
Los que se den de alta como autónomos por primera vez o no estuvieran dados de alta por cuenta propia en estos últimos 5 años accederán a una serie de reducciones sobre la cuota por contingencias comunes hasta por 18 meses-a partir de la base mínima de cotización de los autónomos-. Los nuevos autónomos mayores de 30 años acceden a los beneficios del Plan de Empleo Joven.
Escala de Reduciones:
-Una reducción del 80% de la cuota en los 6 meses siguientes al alta unos 50 euros mensuales
-Una reducción del 50% de la cuota en los 6 meses siguientes a lo anterior
-Una reducción del 30% en los 6 meses siguientes
Así acumularán los 18 meses-1 año y medio- de reducciones.
Fuente: Cincodías