El nuevo índice hipotecario que viene a reemplazar al IRPH en las hipotecas, ante esto ya los hipotecados se empiezan a preguntar ¿cómo me afecta y cómo me beneficia? hay varios aspectos a saber como con cada nueva novedad. El IRPH en las hipotecas será reemplazado por otro índice hipotecario.
Dentro de la nueva Ley de Emprendedores, se encuentra el nuevo índice desde el 1 de Noviembre reemplazará al IRPH hipotecario, este en teoría ya tendría que haber perdido vigencia el 29 de Abril de 2013. Los índices IRPH Bancos, el IRPH Cajas y al Tipo CECA afectan a casi 1 millón de hipotecas referenciadas.
Los afectados se verán afectados en sus cuotas, esta variará según el nuevo índice de referencia que entrará en vigencia por lo que las entidades deberán dejar de aplicar los índices. Al aprobarse la nueva Ley de Emprendedores, también se aprueba un nuevo índice hipotecario vigente desde Noviembre, y el Banco de España dejará de actualizar los anteriores índices que a datos del Banco de España, y de Agosto, el IRPH Bancos era del (3,991%), el IRPH de las cajas del (3,298%) y el Tipo CECA, en el (5,875%) y el euríbor a 1 año, el (0,547%).
Cómo Afecta a los Hipotecados:
El IRPH será reemplazado por el tipo que figure en el contrato hipotecario, o, por un nuevo valor que será el tipo medio de préstamos hipotecarios a más de 3 años para compra de vivienda libre. Dicho índice de referencia saldrá de la «media de las diferencias entre el tipo que desaparece y el nuevo valor, calculadas con los datos disponibles entre la fecha de otorgamiento del contrato y la fecha en que efectivamente se produce la sustitución del tipo».
¿Si en el Contrato Ya Figura un Índice de Reemplazo?
Si en los contratos figura ya un índice hipotecario que reemplaza al IRPH, corresponderá aplicar el nuevo índice. Así las hipotecas referenciadas a IRPH en el contrato figura un referente de reemplazo como el Euribor más el 1%, esto aportará un importante ahorro mensual a los hipotecados.
¿Si Figura en el Contrato el CECA?
En caso que, el índice reemplazante que figure en el contrato fuera el CECA, o fuera un índice a determinar por el banco o fórmula similar, los hipotecados bajo esos índices se modificará en el contrato haciendo de cuenta que no figura en el contrato índice de reemplazo.
¿Si en el Contrato No Figura un índice de Reemplazo?
Los hipotecados que en sus contratos no figura un índice de reemplazo, quedarán bajo la nueva normativa, regidos por el nuevo interés este solo variará en unas décimas no afectando tanto.
¿Cuánto Pagaré?
Se indica que la diferencia entre la anterior cuota para todos los hipotecados es muy baja. Si la hipoteca fuera de 150.000 euros a 30 años y a IRPH en Enero de 2013 la cuota pasará de (710 euros) a una de (706,47 euros). Pero siempre será según el índice al que venía referenciada la hipoteca y el año de la firma.
Para quitarse la duda disponen de solicitarles al banco el cálculo de lo que les corresponedrá pagar con el nuevo índice hipotecario. La novedad no ha caído en gracia ya que la queja general es que se eliminará el IRPH pero por el Euríbor más el 1%, además los perjudica en cuanto a que supondrá seguir soportando altas tasas de interés para los hipotecados y no tanto los que tengan créditos referenciados al Euríbor.
Los hipotecados sufrirán el cambio en la próxima revisión de la hipoteca, posterior a Octubre si correspondiera la revisión hipotecaria el 1 de Octubre, en cuyo caso la cuota estará recalculada bajo el IRPH o CECA, ellos no verán cambios en caso de revisión anual, los verán en la de Octubre de 2014.
Fuente: Eleconomista